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PROYECTO GALENUS

¿Qué es el Plan Salud GALENUS?

El Plan de Salud es un beneficio que ofrece el Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica (CMCCR), dentro del Proyecto Galenus, con el propósito de apoyar solidariamente los gastos médicos por medio de reembolso para la atención integral de la salud de sus agremiados.

Programa Bienestar Integral del Médico

Vigencia del 01 de enero al 31 de diciembre 2026

Monto máximo anual: ₡ 1.000.000
100
Rebajo único anual: ₡40.000
4
Porcentaje de reembolso:
60

Formularios Plan Salud

Necesarios para poder acceder a los beneficios.

Afiliación al Plan Salud de GALENUS


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Declaración Jurada Profesional en Salud Tratante


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Líneas de cobertura del Plan Salud

Consultas Médicas con Especialistas
  • Cantidad: 4 consultas
  • Monto máximo por factura: ₡40.000
  • Monto máximo por línea: ₡160.000

Requisitos

  • Declaración Jurada del Médico Tratante, completa por el médico tratante, con firma, sello y código médico, y/o firma digital del médico en fecha cierta. Declaraciones juradas que indiquen diagnósticos de enfermedades crónicas, serán válidas hasta por un período de un año a partir de su emisión, posterior a lo cual el agremiado deberá aportar una nueva declaración jurada actualizada.
  • Facturas electrónicas autorizadas por Dirección General de Tributación de Costa Rica (que detalle el servicio recibido) a nombre del agremiado/a.

Adicionales, según el gasto:

  • Recetas médicas que detallen fuerza, dosis y duración del medicamento. Para medicamentos de uso crónicos la receta es válida por un año según fecha de emisión. (en caso de que no se detalle en la declaración médica).
  • Referencias de exámenes, con firma y código del médico (en caso de que no se detalle en la declaración médica).
  • Reportes escritos a nombre del agremiado/a (no adjuntar fotos, gráficos, ni imágenes de los estudios).
Consultas Médicas Generales
  • Cantidad: 4 consultas
  • Monto máximo por factura: ₡22.000
  • Monto máximo por línea: ₡88.000

Requisitos

  • Declaración Jurada del Médico Tratante, completa por el médico tratante, con firma, sello y código médico, y/o firma digital del médico en fecha cierta. Declaraciones juradas que indiquen diagnósticos de enfermedades crónicas, serán válidas hasta por un período de un año a partir de su emisión, posterior a lo cual el agremiado deberá aportar una nueva declaración jurada actualizada.
  • Facturas electrónicas autorizadas por Dirección General de Tributación de Costa Rica (que detalle el servicio recibido) a nombre del agremiado/a.

Adicionales, según el gasto:

  • Recetas médicas que detallen fuerza, dosis y duración del medicamento. Para medicamentos de uso crónicos la receta es válida por un año según fecha de emisión. (en caso de que no se detalle en la declaración médica).
  • Referencias de exámenes, con firma y código del médico (en caso de que no se detalle en la declaración médica).
  • Reportes escritos a nombre del agremiado/a (no adjuntar fotos, gráficos, ni imágenes de los estudios).
Consultas por Maternidad
  • Cantidad: 7 consultas
  • Monto máximo por factura: ₡40.000
  • Monto máximo por línea: ₡280.000

Requisitos

  • Declaración Jurada del Médico Tratante, completa por el médico tratante, con firma, sello y código médico, y/o firma digital del médico en fecha cierta. Declaraciones juradas que indiquen diagnósticos de enfermedades crónicas, serán válidas hasta por un período de un año a partir de su emisión, posterior a lo cual el agremiado deberá aportar una nueva declaración jurada actualizada.
  • Facturas electrónicas autorizadas por Dirección General de Tributación de Costa Rica (que detalle el servicio recibido) a nombre del agremiado/a.

Adicionales, según el gasto:

  • Recetas médicas que detallen fuerza, dosis y duración del medicamento. Para medicamentos de uso crónicos la receta es válida por un año según fecha de emisión. (en caso de que no se detalle en la declaración médica).
  • Referencias de exámenes, con firma y código del médico (en caso de que no se detalle en la declaración médica).
  • Reportes escritos a nombre del agremiado/a (no adjuntar fotos, gráficos, ni imágenes de los estudios).
Consulta Médica con Psiquiatría
  • Cantidad: 4 consultas
  • Monto máximo por factura: ₡40.000
  • Monto máximo por línea: ₡160.000

Requisitos

  • Declaración Jurada del Médico Tratante, completa por el médico tratante, con firma, sello y código médico, y/o firma digital del médico en fecha cierta. Declaraciones juradas que indiquen diagnósticos de enfermedades crónicas, serán válidas hasta por un período de un año a partir de su emisión, posterior a lo cual el agremiado deberá aportar una nueva declaración jurada actualizada.
  • Facturas electrónicas autorizadas por Dirección General de Tributación de Costa Rica (que detalle el servicio recibido) a nombre del agremiado/a.

Adicionales, según el gasto:

  • Recetas médicas que detallen fuerza, dosis y duración del medicamento. Para medicamentos de uso crónicos la receta es válida por un año según fecha de emisión. (en caso de que no se detalle en la declaración médica).
  • Referencias de exámenes, con firma y código del médico (en caso de que no se detalle en la declaración médica).
  • Reportes escritos a nombre del agremiado/a (no adjuntar fotos, gráficos, ni imágenes de los estudios).
Consulta Psicológica
  • Cantidad: 4 consultas
  • Monto máximo por factura: ₡15.000
  • Monto máximo por línea: ₡75.000

Requisitos

  • Declaración Jurada del Médico Tratante, completa por el médico tratante, con firma, sello y código médico, y/o firma digital del médico en fecha cierta. Declaraciones juradas que indiquen diagnósticos de enfermedades crónicas, serán válidas hasta por un período de un año a partir de su emisión, posterior a lo cual el agremiado deberá aportar una nueva declaración jurada actualizada.
  • Facturas electrónicas autorizadas por Dirección General de Tributación de Costa Rica (que detalle el servicio recibido) a nombre del agremiado/a.

Adicionales, según el gasto:

  • Recetas médicas que detallen fuerza, dosis y duración del medicamento. Para medicamentos de uso crónicos la receta es válida por un año según fecha de emisión. (en caso de que no se detalle en la declaración médica).
  • Referencias de exámenes, con firma y código del médico (en caso de que no se detalle en la declaración médica).
  • Reportes escritos a nombre del agremiado/a (no adjuntar fotos, gráficos, ni imágenes de los estudios).
Medicamentos
  • Monto máximo por línea: ₡400.000 anual

Requisitos

  • Declaración Jurada del Médico Tratante, completa por el médico tratante, con firma, sello y código médico, y/o firma digital del médico, en fecha cierta. Declaraciones juradas que indiquen diagnósticos de enfermedades crónicas, serán válidas hasta por un período de un año a partir de su emisión, posterior a lo cual el agremiado deberá aportar una nueva declaración jurada actualizada.
  • Facturas electrónicas autorizadas por Dirección General de Tributación de Costa Rica (que detalle el servicio recibido) a nombre del agremiado/a.
  • Recetas médicas que detallen fuerza, dosis y duración del medicamento. Para medicamentos de uso crónicos la receta es válida por un año según fecha de emisión. (en caso de que no se detalle en la declaración médica).
  • Las facturas electrónicas por medicamentos deben incluir únicamente los fármacos prescritos con sus respectivas concentraciones y cantidades, los cuales deben ser congruentes con la información provista por el médico tratante en la declaración jurada, en cuanto al diagnóstico y esquema de tratamiento.
Procedimientos Médicos Menores o Ambulatorios
  • Monto máximo por línea: ₡200.000

Requisitos

  • Declaración Jurada del Médico Tratante, completa por el médico tratante, con firma, sello y código médico, y/o firma digital del médico en fecha cierta.
  • Facturas electrónicas autorizadas por Dirección General de Tributación de Costa Rica (que detalle el servicio recibido) a nombre del agremiado/a.
  • Referencias del procedimiento médico menor.
  • Reportes escritos a nombre del agremiado/a (no adjuntar fotos, gráficos, ni imágenes de los estudios).
Exámenes de Laboratorio y/o Pruebas Especiales
  • Monto máximo por línea: ₡150.000

Requisitos

  • Declaración Jurada del Médico Tratante, completa por el médico tratante, con firma, sello y código médico, y/o firma digital del médico en fecha cierta. Declaraciones juradas que indiquen diagnósticos de enfermedades crónicas, serán válidas hasta por un período de un año a partir de su emisión inicial, posterior a lo cual el agremiado deberá aportar una nueva declaración jurada.
  • Facturas electrónicas autorizadas por Dirección General de Tributación de Costa Rica (que detalle el servicio recibido) a nombre del agremiado/a.
  • Referencias de exámenes, con firma y código del médico (en caso de que no se detalle en la declaración médica).
  • Reportes escritos a nombre del agremiado/a (no adjuntar fotos, gráficos, ni imágenes de los estudios).
Imágenes Médicas y Estudios Especiales
  • Monto máximo por línea: ₡200.000 anuales

Requisitos

  • Declaración Jurada del Médico Tratante, completa por el médico tratante, con firma, sello y código médico, y/o firma digital del médico en fecha cierta.
  • Facturas electrónicas autorizadas por Dirección General de Tributación de Costa Rica (que detalle el servicio recibido) a nombre del agremiado/a.
  • Referencias de exámenes, con firma y código del médico (en caso de que no se detalle en la declaración médica).
  • Reportes escritos a nombre del agremiado/a (no adjuntar fotos, gráficos, ni imágenes de los estudios).
Cirugías y/u Hospitalización (Honorarios Médicos, Urgencias)
  • Monto máximo por línea: ₡500.000 anual

Requisitos

  • Declaración Jurada del Médico Tratante, completa por el médico tratante, con firma, sello y código médico, y/o firma digital del médico en fecha cierta.
  • Facturas electrónicas autorizadas por Dirección General de Tributación de Costa Rica (que detalle el servicio recibido) a nombre del agremiado/a.
  • Nota operatoria y/o nota de anestesia y/o epicrisis, firmada y sellada.

Adicionales, según el gasto:

  • Recetas médicas que detallen fuerza, dosis y duración del medicamento. Para medicamentos de uso crónicos la receta es válida por un año según fecha de emisión. (en caso de que no se detalle en la declaración médica).
  • Referencias de exámenes, con firma y código del médico (en caso de que no se detalle en la declaración médica).
  • Reportes escritos a nombre del agremiado/a (no adjuntar fotos, gráficos, ni imágenes de los estudios).
Terapia Física
  • Cantidad: 10 sesiones
  • Monto máximo por factura: ₡10.000
  • Monto máximo por línea: ₡120.000

Requisitos

  • Declaración Jurada del Médico Tratante, completa por el médico tratante, con firma, sello y código médico, y/o firma digital del médico en fecha cierta.
  • Referencias de terapias. Nota: La referencia de terapias físicas, debe ser por un médico general o especialista.
  • Facturas electrónicas autorizadas por Dirección General de Tributación de Costa Rica (que detalle el servicio recibido) a nombre del agremiado/a.
Centros de Entrenamiento y Acondicionamiento Físico
  • Cantidad: 10 sesiones
  • Monto máximo por factura: ₡10.000
  • Monto máximo por línea: ₡120.000

Requisitos

  • Facturas electrónicas autorizadas por Dirección General de Tributación de Costa Rica (que detalle el servicio recibido) a nombre del agremiado/a.
  • Notas:

    Se reconocerán los centros debidamente registrados en el Ministerio de Hacienda, bajo las siguientes actividades económicas:

    • Comités Cantonales de Deportes y Recreación
    • Profesor por Cuenta Propia
    • Enseñanza Cultural
    • Asociaciones o Entidades con Fines Culturales, Sociales, Recreativos, Artesanales
    • Gimnasios
    • Explotación de Piscinas o Albercas de Baño
    • Entrenador, Instructores y/o Preparadores Físicos por Cuenta Propia
    • Actividades de Escuelas y Clubes Deportivos
    • Explotación de Instalaciones y Campos Deportivos
    • Actividades Deportivas y Otras por Cuenta Propia (Entre otras actividades relacionadas).
  • Si el centro de entrenamiento factura más de un mes (anual, trimestral, etc) debe indicar en el detalle los meses facturados o bien presentar una nota aclaratoria del establecimiento con dicho detalle, debido a que no se reconocen meses por adelantado.
Anteojos y/o Lentes de Contacto
  • Monto reconocido por línea: ₡50.000.

Requisitos

  • Declaración Jurada del Profesional en Salud, completa por el profesional en salud tratante, con firma, sello y código, y/o firma digital en fecha cierta.
  • Facturas electrónicas autorizadas por la Dirección General de Tributación de Costa Rica (que detalle el servicio recibido) a nombre del agremiado/a.
  • Resultado del examen de la vista.